Ley N° 6682

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Se incorpora el artículo 45 ter a la Ley 7.

El Centro de Justicia de la Mujer funciona dentro del Consejo de la Magistratura como auxiliar del Poder Judicial de la Ciudad, y actúa a requerimiento de los jueces/zas o del Ministerio Público en las causas donde hubo hechos de violencia de género.