Medidas de protección

Las medidas de protección se inician en el CJM cuando se realizan las presentaciones pertinentes ante la Justicia Civil y/o Laboral.

El CJM realiza las presentaciones de manera directa para solicitar medidas de protección en aquellos casos en que corresponda peticionar ante la justicia civil u otros fueros competentes en el marco de la Ley 26.485. Posteriormente, se ofrece el servicio de patrocinio jurídico gratuito para continuar con los procedimientos judiciales. 

Las medidas de protección son herramientas judiciales que se utilizan cuando las personas que se acercan al CJM están en una situación de riesgo por violencia de género.

Desde el CJM se realizamos los pedidos de manera directa ante la Justicia Nacional en lo Civil, la Justicia Nacional en el Trabajo, la Justicia Criminal y Correccional o ante el Fuero Penal y Contravencional y de Faltas de la Ciudad.

Las medidas que se pueden solicitar son la prohibición del agresor al lugar donde se reside, trabaja, estudia, realiza esparcimiento o a los lugares de concurrencia de la persona que vive la violencia por motivos de género. En los casos en los que se trate de violencia doméstica, la orden de el/la juez/a podrá ordenar las medidas de forma urgente. 

Conocé todas las medidas de protección acá.